Sacado de aesa:
El uso de drones/aeromodelos por particulares para fines deportivos o de
recreo
La actividad del Aeromodelismo la regula la Real Federación Aeronáutica de España y además,
cada Comunidad Autónoma y cada Municipio puede tener su regulación sobre esta práctica
deportiva o lúdica, aunque siempre deben respetar la legislación aeronáutica general.
Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre
núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier
ciudad, etc…). Deben volar en zonas habilitadas para ello. Lo contrario, puede suponer
sanciones y se debe denunciar.
Por tanto los particulares que adquieran en una tienda generalista un equipo ligero y de fácil uso
con sistema de radiocontrol (R/C) y GPS, con o sin cámara incorporada, o compren un kit para
montar un multirrotor con autopiloto, con una mini-cámara, o construyan ellos mismos un
avión para FPV (vuelo con “visión en primera persona”), con cámara de visión frontal, piloto
automático, transmisión de vídeo, sólo podrán usarlo en las zonas habilitadas para ello
conforme a la normativa que regula las actividades de aeromodelismo. Deben consultar la
normativa de su municipio o comunidad autónoma, además se recomienda que se pongan en
contacto con algún club de aeromodelismo de su localidad para poder volar los aeromodelos
con seguridad. En ningún caso podrán utilizarlos para una actividad profesional o con carácter
comercial.
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Otra cosa es que vayan a cambiar las leyes en un futuro por que se estar preparando una normativa a nivel europeo.