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Grabacion de imagenes de via publica desde propiedad privada

Armadval

Chapuzas Senior
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Buenas compis

Tengo algunas dudas respecto al titulo del hilo y querria saber si alguien tiene claro como es la ley al respecto, ya que algo sé pero era por estar seguro.

Os pongo en situación

En el pueblo de mi pareja, el tipico pueblo donde no vive absolutamente nadie de forma permanente, con unas 8 casas, uno de los vecinos ha instalado dos cámaras de seguridad en la fachada de sus propiedades. Una de ellas apunta directamente a una de las paredes de la vivienda, en un camino estrecho, y la otra está colocada encima de la puerta principal. Ambas cámaras cuentan con seguimiento de movimiento.

Por lo que yo se, no pueden grabar la via pública salvo que no exista forma posible de poder grabar la zona privada deseada, siempre y cuando se grabe lo menos posible la via publica, y en este aspecto puedo entender en parte la primera camara mencionada, ya que es imposible grabar tu fachada desde la propia fachada. Aún así, dudo de la legalidad de que esta cámara pueda contar con sensor de movimiento, ya que si yo paso alejado 1 metro de la fachada, dicha cámara me sigue grabando, incluso si trato de pasar pegado a la pared de en frente. El problema es que la segunda cámara, directamente no está grabando la puerta de acceso a la vivienda, está grabando a la plaza principal del pueblo, donde todos aparcamos los coches o por donde tienes que pasar si o si para acceder a casi todas las viviendas.

El tema es que queremos hacer las cosas bien, y encuentro mucha información de estos temas relativas a actividades comerciales, pero no he encontrado nada en lo particular. Estoy seguro que la camara de la plaza es completamente ilegal, pero me molesta mas la otra camara, la del camino pequeño, dado que el acceso a nuestra vivienda pasa por ese camino, y sinceramente, me toca las narices que nuestro vecino sepa cuando estamos en casa y cuando no, ya que no podemos acceder de ningun otro modo. Tampoco sé si deberia indicar de alguna forma que esa fachada se está grabando, o que se te está grabando aunque estés en la via pública si esta camara fuera finalmente legal.

Saludos!
 
Lo más fácil es que te acerques al cuartelillo más cercano y preguntes. De todas formas, quizás no sea lo mismo que las cámaras estén videovigilando pero sin grabar a que sí estén grabando. Desde luego, si están grabando creo que tiene que tener el clásico cartel advirtiendo de ello, además de estar todo de acuerdo con la normativa de protección de datos. Me voy a tirar a la piscina: si está grabando, apostaría a que está cometiendo una ilegalidad.
 

Las grabaciones de seguridad: regulación de la videovigilancia y RGPD​


Es legítima la instalación de cámaras de seguridad con el fin de proteger bienes y con fines disuasorios que puedan evitar la comisión de delitos o ayudar, en su caso, a la identificación de los culpables. Podrás grabar a las personas si únicamente usaremos dicha grabación para formular denuncias ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


En estos casos es inevitable que las cámaras graben a personas que pueden ser reconocibles y capturen otros datos identificativos como pueden ser las matrículas de coches o documentos de identificación personal. A menudo es incluso su objetivo principal.


Intentar resumir aquí las bases que rigen el tratamiento de imágenes de seguridad es imposible. Solo basta que veas toda la documentación que la propia AEPD tiene desarrollada al respecto con la finalidad de que se pueda realizar su aplicación conforme al RGPD en cada situación específica.


Sí podemos hablar de los principios generales que la rigen como son los de tener un interés legítimo para utilizar sistemas de captación de imágenes, limitar la finalidad de las mismas al uso legitimado y minimizar la captación de datos a los estrictamente necesarios.


En este sentido es evidente que una comunidad de propietarios tiene un interés legítimo en proteger la propiedad con cámaras que circunden el perímetro, pero, por ejemplo, tiene el deber de minimizar la captación de datos innecesarios como serían las imágenes del interior de viviendas o zonas privativas.


Del mismo modo, vemos como en la protección de establecimientos públicos las cámaras deben limitar su acción al interior del lugar y a una mínima franja de acceso desde el exterior, evitando en todo lo posible la captación de cualquier otra imagen de la vía pública.


En cualquiera de los casos es imprescindible que, con anterioridad a la puesta en marcha del sistema, se elabore internamente un protocolo de registro de actividades destinado a recoger todos los hitos correspondientes al tratamiento de estas imágenes.


Pero como te hemos venido explicando, estas normativas se establecen exclusivamente para lo que concierne al tratamiento de datos personales, pudiendo verse afectadas las situaciones por otro tipo de legislaciones


 
Una pregunta, he deducido que estamos hablando de un chalet donde se han instalado dos cámaras, ¿es así?
 
Es una casa sin terreno. La camara que menciono del camino, está colocada en otra propiedad situada justo en frente de la casa a vigilar, a 2 metros, al otro lado del camino de paso.
 
Ok. Pues lo dicho, en caso de duda pregunta en la policía/guardia civil, que ellos sabrán.
 
Saca algunas fotos y un par de videos de donde estan las camaras y como se ve mas o menos desde donde graban y acércate al cuartel de la G.C. Recuerda fijarte (y sacar foto) si hay algún letrero avisando de la videovigilancia (es obligatorio tanto el cartel como dar de alta un fichero en la AEPD).

Tal y como lo cuentas tiene pinta de que puedas como mínimo lograr que le metan un multazo que le tiemblen las muelas.
 
Lo que no se puede es colocar y tampoco grabar con una camara la vía publica ni propiedades privadas ajenas...
Lo unico que se puede es colocar y grabar con camaras nuestra propiedad bien el interior o en el perimetro orientando la camara hacia nuestra fachada, acceso u otra zonas minimizando la visualizacion, grabacion de Ia publica u otras propiedades privadas aledañas.
De todos modos ese tipo de instalaciones para cumplir con la legalidad, normativa tiene que llevarse a cabo por empresas autorizadas, homologadas en sistemas de alarmas.
Trabajo en seguridad privada desde hace cerca de 30 años, he sido acuda, ha ayudado a montar sistemas y he estado destinado en una CRA (central receptora de alarmas).
 
Lo que no se puede es colocar y tampoco grabar con una camara la vía publica ni propiedades privadas ajenas...
Lo unico que se puede es colocar y grabar con camaras nuestra propiedad bien el interior o en el perimetro orientando la camara hacia nuestra fachada, acceso u otra zonas minimizando la visualizacion, grabacion de Ia publica u otras propiedades privadas aledañas.
De todos modos ese tipo de instalaciones para cumplir con la legalidad, normativa tiene que llevarse a cabo por empresas autorizadas, homologadas en sistemas de alarmas.
Trabajo en seguridad privada desde hace cerca de 30 años, he sido acuda, ha ayudado a montar sistemas y he estado destinado en una CRA (central receptora de alarmas).

¿Estás seguro? (de lo puesto en negrita). Juraría que lo que se requiere es homologacion de equipos y certificación de la instalación, sin necesidad de que la labor la haga una empresa específica. Lo que sí requeriría una empresa autorizada es la centralita de alarmas/ de control a la que podrías tener conectada tu alarma, pero no es obligatorio, (depende del grado de la instalación que se basa en tus necesidades y en lo que marca la legislación). Puedes tener un sistema de alarma que no esté conectado a una centralita y que simplemente tenga una sirena o te mande una notificación para que tu mismo veas que ocurre o llames a la policía.
 
¿Estás seguro? (de lo puesto en negrita). Juraría que lo que se requiere es homologacion de equipos y certificación de la instalación, sin necesidad de que la labor la haga una empresa específica. Lo que sí requeriría una empresa autorizada es la centralita de alarmas/ de control a la que podrías tener conectada tu alarma, pero no es obligatorio, (depende del grado de la instalación que se basa en tus necesidades y en lo que marca la legislación). Puedes tener un sistema de alarma que no esté conectado a una centralita y que simplemente tenga una sirena o te mande una notificación para que tu mismo veas que ocurre o llames a la policía.
Que particularmente puedas homologar lo que instalas y como lo instalas no sabria que decirte pero para eso hay que saber...
Y lo mismo hacer las cosas sin saber te puede costar el dinero doblemente porque no cumplan con la homologacion o porque la instalacion no esta debidamente hecha.
Y digo doblemente porque como compres aparatos que no esten homologados y tengas que comprar unos que si pues ya llevas doble gasto por no decir doble trabajo tambien si instalas algo que despues debes de quitar...
Ademas, si tienes camaras exteriores o perimetrales la policia puede pedirte documentacion y como no haya papeles de homologacion y la instalacion no cumpla con los requisitos exigibles pues Houston tenemos un problemon...
 
Grabar imagenes de alguien sin autorizacion y sin colocar carteles informativos de que se esta grabando es un delito y como indican varios compis se le puede caer el pelo (si tiene). Los periodistas para poder grabar un reportaje deben primero ser autorizados por ese XXX y no pueden difundir imagenes de nadie sin autorizacion para eso existe la ley de proteccion de imagen y datos
 
Lo unico que se puede es colocar y grabar con camaras nuestra propiedad bien el interior o en el perimetro orientando la camara hacia nuestra fachada, acceso u otra zonas minimizando la visualizacion, grabacion de Ia publica u otras propiedades privadas aledañas.
La verdad, es que ahora que lo estoy pensando, la cámara de la plaza graba el acceso a la vivienda de una vecina, que le tiene tanto miedo a los ladrones que está encantada con que hayan metido cámaras...

Lo que pasa a veces es que la gente no se da cuenta de que lo mismo que pueden utilizar para proteger, se puede utilizar con el fin contrario, y os puedo asegurar que en este pueblo nadie regala nada.

No sé si conocéis el vídeo de la señora a la que le llevan un par de chicos un marco en el tractor con un drama digno de un oscar... Pues esto aquí es igual.
 
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