- ¿En qué consiste el derecho de desistimiento?
Es la facultad de la persona consumidora de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido al efecto, sin necesidad de justificación ni penalización alguna.
La cláusula que imponga a la persona consumidora una penalización por ejercer el derecho de desistimiento será nula de pleno derecho.
La persona consumidora tendrá derecho a desistir del contrato:
- En los supuestos previstos legal o reglamentariamente, y
- Cuando así se le reconozca en la oferta, promoción, publicidad o en el propio contrato.
Si la ley atribuye el derecho de desistimiento a la persona consumidora, la persona empresaria:
- Deberá informar por escrito en el contrato, de manera clara, comprensible y precisa, del derecho de desistir del contrato y de los requisitos y consecuencias de su ejercicio (incluidas las modalidades de restitución del bien o servicio recibido).
- Deberá entregarle, además, un documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese: nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de las partes contratantes a que se refiere.
- ¿Qué consecuencias y formalidades tiene este derecho?
- El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho (mediante envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos).
- Ejercido el derecho, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones. La persona consumidora no tendrá que reembolsar cantidad alguna por la disminución del valor del bien (consecuencia del correcto uso). La persona consumidora tendrá derecho al reembolso de los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.
- El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para la persona consumidora.
- Cuando la persona consumidora haya ejercido el derecho de desistimiento, la persona empresaria estará obligada a devolver las sumas abonadas por la persona consumidora sin retención de gastos. Esta devolución se hará sin demora indebida y, en cualquier caso, antes de que hayan pasado 14 días naturales desde la fecha en que la persona empresaria haya sido informada de la decisión de desistimiento (pasado el plazo sin el abono, la persona consumidora tendrá derecho a reclamar la suma adeudada duplicada, con independencia de poderse reclamar indemnización por daños y perjuicios)
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