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Devolución Apple MacBook abierto. Alguna posibilidad?

seb_oi

Chapucillas
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Mi madre se ha comprado el MacBook Air 2018. Según lo he visto... 1400 euros con ddr3 y 2 nucleos. Solo se salva la pantalla, que es sucia a más no poder.

Ya lo tiene abierto. He estado leyendo y no hay manera de devolverlo una vez abierto. Es así? Lo pidió a la tienda de apple
 
Mi madre se ha comprado el MacBook Air 2018. Según lo he visto... 1400 euros con ddr3 y 2 nucleos. Solo se salva la pantalla, que es sucia a más no poder.

Ya lo tiene abierto. He estado leyendo y no hay manera de devolverlo una vez abierto. Es así? Lo pidió a la tienda de apple
La ley de desistimiento esta para Apple igual. Tienes 14 días desde la compra online, después ahí, te lo comes con patatas y lo tendrías que vender por tu cuenta.

Enviado desde mi MI 8 Pro mediante Tapatalk
 
La ley de desistimiento esta para Apple igual. Tienes 14 días desde la compra online, después ahí, te lo comes con patatas y lo tendrías que vender por tu cuenta.

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Está dentro de los 14 días pero aunque esté abierto se puede devolver?
 
Está dentro de los 14 días pero aunque esté abierto se puede devolver?
Según su política sin problema.

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Según su política sin problema.

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Gracias pensaba que no se podia pedir reembolso si esta abierto el embalaje (y encendido)
 

Via Consumo responde | Consumo Responde


  • ¿En qué consiste el derecho de desistimiento?
Es la facultad de la persona consumidora de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido al efecto, sin necesidad de justificación ni penalización alguna.
La cláusula que imponga a la persona consumidora una penalización por ejercer el derecho de desistimiento será nula de pleno derecho.
La persona consumidora tendrá derecho a desistir del contrato:
- En los supuestos previstos legal o reglamentariamente, y
- Cuando así se le reconozca en la oferta, promoción, publicidad o en el propio contrato.
Si la ley atribuye el derecho de desistimiento a la persona consumidora, la persona empresaria:
- Deberá informar por escrito en el contrato, de manera clara, comprensible y precisa, del derecho de desistir del contrato y de los requisitos y consecuencias de su ejercicio (incluidas las modalidades de restitución del bien o servicio recibido).
- Deberá entregarle, además, un documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese: nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de las partes contratantes a que se refiere.



  • ¿Qué consecuencias y formalidades tiene este derecho?
- El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho (mediante envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos).
- Ejercido el derecho, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones. La persona consumidora no tendrá que reembolsar cantidad alguna por la disminución del valor del bien (consecuencia del correcto uso). La persona consumidora tendrá derecho al reembolso de los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.
- El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para la persona consumidora.
- Cuando la persona consumidora haya ejercido el derecho de desistimiento, la persona empresaria estará obligada a devolver las sumas abonadas por la persona consumidora sin retención de gastos. Esta devolución se hará sin demora indebida y, en cualquier caso, antes de que hayan pasado 14 días naturales desde la fecha en que la persona empresaria haya sido informada de la decisión de desistimiento (pasado el plazo sin el abono, la persona consumidora tendrá derecho a reclamar la suma adeudada duplicada, con independencia de poderse reclamar indemnización por daños y perjuicios)

....

Pero ojo NO siempre se puede desistir...

  • a) La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.
  • b) El suministro de bienes o la prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento.
  • c) El suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario o claramente personalizados.
  • d) El suministro de bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
  • e) El suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega.
  • f) El suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
  • g) El suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar.
  • h) Los contratos en los que el consumidor y usuario haya solicitado específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente; si, en esa visita, el empresario presta servicios adicionales a los solicitados específicamente por el consumidor o suministra bienes distintos de las piezas de recambio utilizadas necesariamente para efectuar las operaciones de mantenimiento o reparación, el derecho de desistimiento debe aplicarse a dichos servicios o bienes adicionales.
  • i) El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
  • j) El suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, con la excepción de los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
  • k) Los contratos celebrados mediante subastas públicas.
  • l) El suministro de servicios de alojamiento para fines distintos del de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de esparcimiento, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.
  • m) El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y usuario con el conocimiento por su parte de que en consecuencia pierde su derecho de desistimiento.


Y por último, no debe realizar por TELÉFONO, sino por correo (mail) o dirección postal , que deberán venir en el contrato de compra.
 
Está dentro de los 14 días pero aunque esté abierto se puede devolver?

Si, apple no pone problemas en eso. ASi que cuanto antes lo tramites antes te evitas problemas.
 
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