Me ha llegado una multa por exceso de velocidad, que si me acuerdo bien, estaba adelantando camiones y en ningún momento supera los 20Km/h extra. Alguien sabe que hay que hacer para recurrirla?
Yo te recomendaría que te buscaras un abogado como este tío de Francia. La noticia es de hace años, pero si te pones tikismikis y severo con la legislación, realmente el recurso tenía más razón que un santo, y el recurso legalmente le da la razón al tipo en cuestión:
http://webalia.com/chistes/asi-se-recurre-un-multa-de-trafico/gmx-niv61-con6142.htm
Para los que no queráis leer el link os pongo aquí el recurso en sí:
"Señor Juez, he visto perfectamente la señal de 70, en negro con círculo rojo, sobre el panel de tráfico, sin ninguna otra indicación de unidades (métricas).
Usted sabe que la Ley del 4 de Julio de 1.837 establece obligatorio el sistema métrico en Francia, y que el decreto nº 65-501 de 3 de Mayo de 1.961 modificado (tomado en aplicación de las directivas europeas), define como UNIDADES DE BASE LEGAL, las unidades del sistema (métrico) internacional (SI).
Usted puede verificar todo esto en la web del gobierno: por lo que en el SI, la unidad de longitud es el METRO, y la unidad de tiempo es el SEGUNDO. Es pues evidente, que la unidad de velocidad LEGAL es, en consecuencia, el METRO POR SEGUNDO.
No puedo ni imaginar por un momento, que el Ministerio del Interior no esté aplicando las leyes de la República.
Por tanto, 70 metros por segundo corresponderían exactamente a 252 Km/h. La Policía afirma que he sido cronometrado a una velocidad de 250 Km/h, esto no lo pongo en duda. Me encontraba pues 2 Km/h por debajo del límite autorizado. Le agradezco tome usted buena nota de ello, devuélvanme mi permiso de conducción y déjenme tranquilo."